• Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Lleida
  • Ponente: EDUARDO MARIA ENRECH LARREA
  • Nº Recurso: 273/2020
  • Fecha: 04/03/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Segovia
  • Ponente: FRANCISCO SALINERO ROMAN
  • Nº Recurso: 347/2020
  • Fecha: 04/03/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: CARLES VILA I CRUELLS
  • Nº Recurso: 363/2019
  • Fecha: 04/03/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: VICENTE CONCA PEREZ
  • Nº Recurso: 897/2020
  • Fecha: 04/03/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: MANUEL GALAN SANCHEZ
  • Nº Recurso: 390/2019
  • Fecha: 04/03/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Girona
  • Ponente: ANTONIO CEREIJO SOTO
  • Nº Recurso: 259/2021
  • Fecha: 04/03/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ESTEVE HOSTA SOLDEVILA
  • Nº Recurso: 522/2020
  • Fecha: 04/03/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Girona
  • Ponente: ANTONIO CEREIJO SOTO
  • Nº Recurso: 256/2021
  • Fecha: 04/03/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARGARITA ISABEL POVEDA BERNAL
  • Nº Recurso: 877/2020
  • Fecha: 03/03/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No encontrada materia1-01106
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: EDUARDO JESUS RAMOS REAL
  • Nº Recurso: 822/2020
  • Fecha: 03/03/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La demandante, representante legal de los trabajadores en la empresa, vio suspendido su contrato de trabajo a virtud de expediente de regulación temporal de trabajo colectivo acordado a nivel nacional, postulando en la demanda rectora del presente procedimiento que se revocase tal suspensión, puesto que consideraba que la empresa no había respetado su prioridad de permanencia por razón de su condición de representante legal de los trabajadores. Así se asumió en la instancia, que anuló esa suspensión, con condena de la empresa al pago de los salarios devengados en el periodo suspendido, así como a reingresar al Servicio Público de Empleo Estatal las cantidades que, por prestación por desempleo, recibió dicha trabajadora. La empresa sostiene en el recurso que esa sentencia debe ser revocada, puesto que esa prioridad sólo se considera en la Ley en los casos en que la suspensión tenga causa económica o tecnológicas, pero no si es productiva, como acontece en este supuesto. La Sala, tras expresar los contornos que delimitan esa prioridad en caso de suspensión del contrato de trabajo, que solo opera durante el periodo de vigencia del mandato y no en el año siguiente, entiende correcta la inclusión del caso en los supuestos de prioridad de permanencia, que opera con respecto del resto de trabajadores del mismo grupo o categoría profesional y no con respecto de la totalidad de los trabajadores de la empresa. Considerando se dan esas condiciones en el caso, desestima el recurso.

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